En Santiago,…. De……………del 2012, entre la empresa Buses Vule S.A. RUT:
76.071.048-2 representada legalmente por el Señor Simón Abelardo Dosque San
Martín RUT:5.800.674-2, ambos con domicilio en la comuna de Santiago, por una
parte y por otra, la Comisión Negociadora del Grupo de trabajadores de la
empresa de Buses Vule S.A. integradas por los Señores,
…………………………..,RUT:………………………
DE LAS PARTES
El presente contrato colectivo de trabajo, tendrá aplicación entre la
empresa individualizada en el primer párrafo, por una parte Por la otra, por
cada una de los integrante que se
individualizan en la nomina adjunta, y que se entiende parte del presente
contrato colectivo de trabajo.
Cada vez que en adelante se mencionen los términos “trabajador
“trabajadores” o personal” se entenderá que se refiere a las personas
individualizadas en la nomina adjunta. De igual forma. Cada vez que se mencione el termino “empleador” o
“Empresa” se entenderá que se refire a la Empresa ya individualizada.
Merito Ejecutivo: Las partes están de acuerdo en dejar constancia que
el Contrato Colectivo, cumplidos los requisitos dispuestos por el Código del Trabajo,
tendrá merito legal para todas las cláusulas sin perjuicios de las multas por
incumplimiento.
1.- PRIMERO
DE LAS REMUNERACIONES.
La empresa pagara a los trabajadores conductores afecto al presente
contrato colectivo de trabajo un sueldo base mensual diferenciado, dependiendo
de la extensión de la jornada ordinaria de trabajo que indique su propio
contrato individual de trabajo.
Conductor Jornada
Completa contratado
45 horas semanales
|
Conductor Jornada Parcial
Contratado por hasta 30
Horas semanales
|
|
Monto sueldo base
|
$ 480.000
|
$320.000
|
En el caso de trabajadores administrativos y auxiliares. La empresa
otorgara un reajuste inicial de un 20 % en
todos los valores expresados en dinero.
2.- FECHA DE PAGO DE REMUNERACIONES.
Las remuneraciones serán canceladas de acuerdo a lo que estipula el
articulo 44 del código del trabajo.
3.-BONO DE INCENTIVOS COLECTIVOS.
a) El Bono Diesel. El cual estará destinado a incentivar el concepto de Conducción Eficiente, que implica
principalmente que el vehiculo a cargo del trabajador no sea sometido a virajes
violentos y la aceleración y frenado de éste sean realizados mediante procesos
graduales y suaves. La aplicación de estos conceptos respectos de los Buses que
integran la flota de vehículos de Buses Vule S.A., permitirá al trabajador acceder al indicado
Bono diesel. La empresa se compromete a transparentar el pago de este bono,
publicando los documentos necesarios para establecer el consumo promedio de
combustible.
Obtención y pago del
Bono Diésel, Mediante el referido Bono la
Empresa pagara al trabajador mensualmente, cada vez que el promedio del consumo de combustible (diésel) de toda las flotas de
Buses Vule S.A. del mes en que se pague este Bono, informado por el
departamento de operaciones de la empresa, cumpla los rangos porcentuales de
desempeño que indica la tabla siguiente:
Consumo promedio
Diesel-kilómetro
|
Valor Bono pesos
|
Valor Bono pesos
|
Si el consumo de combustible promedio de buses de las flotas es igual
o inferior a 2,13 kilómetros por litro de combustible.
|
El Bono del trabajador conductor de jornada completa será de $ 45.000
(cuarenta y cinco mil pesos)
|
El Bono del trabajador conductor de jornada parcial será de $ 30.000
(treinta mil
pesos)
|
Si el consumo de combustible promedio de buses de la flotas es
superior a 2,13 kilómetros por litros de combustible pero inferior 2,23
kilómetros por litro de combustible.
|
El Bono del trabajador conductor de jornada completa será de $ 36.000
(treinta y seis mil pesos)
|
El Bono del trabajador de jornada parcial será de $ 24.000 (veinte y cuatro mil pesos)
|
Si el consumo de combustible promedio de buses de las flotas es igual
o superior a 2,23 kilómetros por litro
de combustible,
|
El Bono del trabajador conductor de jornada completa será de $ 24.000
(veinticuatro mil pesos)
|
El Bono del trabajador conductor de jornada parcial será de $ 16.000
(diez y seis mil pesos)
|
B) Un Bono
Validaciones, mediante el cual la empresa
estimulara entre sus trabajadores, conductores, un mejoramiento en la calidad
del servicio entregado a nuestros usuarios. En efecto, la empresa incentivara a
sus trabajadores a obtener este bono al estimularlo a respetar las directrices
que la empresa le entregue, particularmente en lo relativo al cumplimiento
estricto del programa de operaciones convenidas con la coordinadora del
Transantiago, al cumplimiento de las frecuencias asignadas al detenerse y tomar
pasajeros en los paraderos autorizados, al desempeño de su jornada de trabajo
conforme a la programación proporcionada por la empresa, a respetar las leyes
de transito, etc. La premisa de este bono es que existiendo un mejoramiento de
la calidad de nuestros servicios de transporte, dable es suponer que aumentaran
las personas que desearán viajar en los buses de la empresa.
Obtención y pago del
Bono Validaciones. Este bono se pagará
al trabajador mensualmente, si las validaciones (o pasajeros transportados que
pagan por su pasaje, utilizando al efecto una tarjeta Bip), considerando la
totalidad de servicios o recorridos que presta la empresa, se encuentran dentro
de los siguientes tres rasgos que para efecto de este pago las partes han
denominado rango máximo, rango medio y rango mínimo. La empresa estará obligada
a publicar los documentos entregados `por las autoridades competentes a fin de
transparentar y promediar el pago de este bono.
Validaciones mensuales
|
Valor Bono pesos
|
Valor Bono pesos
|
Si durante un mes predeterminado las validaciones mensuales de la
totalidad de la flota de buses de la empresa se encuentran en rango de la
tabla máximo
|
El bono del trabajador de jornada completa será de
$45.000
(cuarenta y cinco mil pesos)
|
El bono del trabajador de jornada parcial será de
$30.000
(treinta mil pesos)
|
Si durante un mes predeterminado las validaciones mensuales de la
totalidad de la flota de buses de la empresa se encuentran en rango de la
tabla medio
|
El bono del trabajador de jornada completa será de
$36.000
(treinta y seis mil pesos)
|
El bono del trabajador de jornada parcial será de
$24.000
(veinticuatro mil pesos)
|
Si durante un mes predeterminado las validaciones mensuales de la
totalidad de la flota de buses de la empresa se encuentran en rango de la
tabla mínimo
|
El bono del trabajador de jornada completa será de
$24.000
(veinticuatro mil pesos)
|
El bono del trabajador de jornada parcial será de
$16.000
(dieciséis mil pesos)
|
C) Un Bono denominado
operacional o Bono ICPKH, el cual se vincula
con la mediación quincenal que el ministerio de transporte realiza respecto del
grado de cumplimiento que Buses Vule S.A. ha obtenido respecto del índice de
cumplimiento de plazas kilómetros horas, (ICPKH), instrumento de mediación
creado y supervisado por el propio ministerio de transporte y que la empresa
está obligada a publicar, referido a una serie de obligaciones operacionales
derivadas de la presentación de sus distintos servicios o recorridos de la
empresa
Obtención y pago del
Bono operacional. La empresa pagará al
trabajador mensualmente, cada vez que el promedio del Índice de cumplimiento de plazas kilómetros horas, (ICPKH) del mes
en que se paga este bono, que sea informado por el ministerio de transporte y
telecomunicaciones a través de la subsecretaria de transporte, respecto de las
operaciones de Buses Vules S.A. cumplan los rangos porcentuales de desempeño
que se indican en la tabla Siguiente:
Valor ICPKH
|
Valor bono pesos
|
Valor bono pesos
|
Si el porcentaje de cumplimiento ICPKH es igual o superior al 99,00%
|
El bono del trabajador de jornada completa será de
$ 45.000
(treinta y cinco mil pesos)
|
El bono del trabajador de jornada parcial será de
$30.000
(treinta mil pesos)
|
Si el porcentaje de cumplimiento ICPKH es l igual o superior al 98,00%
pero inferior a 99,00%
|
El bono del trabajador de jornada completa será de
$36.000
(treinta y seis mil pesos)
|
El bono del trabajador de jornada parcial será de
$ 24.000
(veinticuatro mil pesos)
|
Si el porcentaje de cumplimiento ICPKH es igual o menor al 98,00%
|
El bono del trabajador de jornada completa será de
$24.000
(veinticuatro mil pesos)
|
El bono del trabajador de jornada parcial será de
$16.000
(dieciséis mil pesos)
|
4.-GRATIFICACIÓN GARANTIZADA.
La empresa pagara mensualmente al trabajador, un doceavo de 4,75
ingreso mínimo mensuales, como gratificación legal, de conformidad a lo
dispuesto en el articulo 50 del código del trabajo.
5.-BONO DE COLACIÓN.
La empresa pagara a todos los trabajadores afectos a este contrato
colectivo, un bono mensual de colación de
Conductor Jornada
Completa contratado por 45 horas Semanales
|
Conductor Jornada
Parcial contratado por 30 horas Semanales
|
|
Monto Colación
|
$ 75.000
|
$55.000
|
6. BONO DE MOVILIZACION.
La empresa pagara a todos los trabajadores afectos a este contrato
colectivo, un bono mensual de movilización.
Conductores Jornada Completa contratados por 45 horas semanales
|
Conductores Jornada Parcial contratados pos hasta 30 horas semanales
|
|
Monto de Locomoción
|
$75.000
|
$55.000
|
7.-BONO DE FIESTAS PATRIAS
La Empresa pagara a los trabajadores, una vez al año, un Aguinaldo de
Fiestas Patrias que se pagara el 15 de Septiembre de cada año. Adicionalmente
la Empresa proporcionara un aporte económico, de acuerdo a la siguiente tabla:
Aguinaldo de Fiestas
Patrias.
|
Aporte Económico
|
$48.000 (cuarenta y ocho mil
pesos)
|
$4.500 ( cuatro mil
quinientos pesos )
|
8.-BONO DE NAVIDAD
La Empresa pagara a los trabajadores, una vez al año, un Aguinaldo de
Navidad que se pagara en el mes de Diciembre de acuerdo a la siguiente tabla:
Aginado de Navidad
|
Aporte Económico
|
$48.000 (cuarenta y ocho mil pesos)
|
$4.500 (cuatro mil
quinientos pesos )
|
9.-PASEO ANUAL
A efectos que los trabajadores de la empresa y sus familiares inmediatos
gocen de un dia de esparcimiento familiar, la empresa efectuara un aporte
económico anual por cada trabajador.
Paseo Anual
|
$15.000 ( quince mil
pesos )
|
10.-APORTE ECONOMICO Y PASEO
ANUAL
El Grupo de Trabajadores deberá rendir cuenta de los valores aportados
por la empresa mediante una detallada rendición que deberá ser entregada a la
Gerencia de Personas y publicada en lugares visibles para conocimiento de los
trabajadores.
11.-CAJA DE NAVIDAD
Con ocasión de la celebración de navidad en el mes de diciembre de
cada año la Empresa entregara una caja con especies o un vale equivalente por
cada trabajador.
Caja de navidad o vale equivalente
|
$ 30.000 ( treinta mil
pesos )
|
12.-BONO DE VACACIONES
La Empresa pagara un bono anual de vacaciones a los trabajadores, al
hacer uso de su feriado legal anual, o en el anticipo del mes de Marzo a quienes hasta esa fecha
no hubieren hecho uso de este derecho.
Bono de vacaciones
|
$150.000 (ciento cincuenta
mil pesos)
|
13.-BONO DE ESCOLARIDAD
La empresa cancelará a cada trabajador en el mes de Marzo o Abril, por hijo o carga que estudie, previa entrega de
la documentación acreditada, según el siguiente desglose:
Enseñanza básica
$ 25.000
Enseñanza media
50.000
Enseñanza superior
75.000
14.-BONO POR FALLECIMIENTO
En caso de fallecimiento del cónyuge o un hijo (a) del trabajador, la
empresa pagara al trabajador una asignación única y especial ascendente previa
presentación del certificado de Defunción.
Bono por Fallecimiento
|
$180.000 (ciento ochenta
mil pesos)
|
En caso de fallecimiento del trabajador, la empresa pagara este
bono a su cónyuge o en orden de sucesión como impone
el art. 60 del código del trabajo.
15.-SEGURO DE VIDA
La empresa contratara a su costo un seguro de vida a favor de los
trabajadores que les otorgara cobertura,
en las siguientes condiciones:
Muerte Natural, Accidental o Acto Delictual
|
UF600
|
Incapacidad Total y Permanente
|
UF600
|
Desmembramiento
|
UF600
|
16.-PERMISOS ESPECIALES POR FALLECIMIENTO
La empresa otorgara a los trabajadores un permiso de dos días con goce de remuneración en el caso de fallecimiento de algún pariente
directo que no estén enunciados en el art. 66 del código del trabajo.
17.-ROPA DE TRABAJO
.Invierno : 2 pantalones; 2 camisas manga larga;
1 parka y un chaleco manga larga; 1 par de zapatos; un pantalón térmico.
.Verano :2 pantalones; 2 poleras; 1 corta viento; 1 par de zapatos.
De acuerdo a las bases de licitación. La empresa proporcionará los
elementos de seguridad como lentes y bloqueadores solares.
18.-BONO POR NATALIDAD
En caso de nacimiento de un hijo, la empresa pagara una asignación,
previa presentación del certificado de nacimiento otorgado por el Servicio de
Registro Civil e Identificación.
Bono de Natalidad
|
$ 60.000 (sesenta mil pesos )
|
19.-BONO NOCTURNO
La empresa cancelara a todos los trabajadores un bono nocturno, por
cada dia efectivamente trabajado, el que será cancelado junto con su
remuneración mensual.
Este bono se cancelara desde las 21:00 horas a 06:00 horas.
Bono Nocturno
|
$ 3.000 (tres mil pesos)
|
20.-BONO DE MATRIMONIO
La empresa cancelara un bono por concepto de matrimonio, mas 5 días
hábiles con goce de sueldo, sin perder ningún beneficio, estos días serán
tomados como efectivamente trabajados para todos los efectos legales.
Bono de Matrimonio
|
$ 100.000 (cien mil pesos)
|
21.-ANTICIPO DE REMUNERACIONES
La empresa pagara un anticipo los días 15 de cada mes, del 50% del
sueldo fijo de cada trabajador, y liquidara las remuneraciones mensuales de
todos ellos, el último dia hábil de cada mes.
22.-IDEMNIZACION POR TERMINO DE CONTRATO.
1.- Retiro voluntario. La
empresa pagara a todos los
trabajadores que en forma voluntaria den término al contrato individual
de trabajo con 20 días por año trabajado, en el caso del trabajador jubilado se
pagara 30 días por año trabajado.
2.- Retiro por necesidades
de la empresa. En caso que el término de contrato sea por necesidades de la
empresa la indemnización será de 40 días por año trabajado
23.-LOCOMOCION DE ACERCAMIENTO Y A DOMICILIO
Para cumplir con el primer derecho fundamental (preservar la vida e
integridad física), enunciado en la constitución de la republica. La empresa
dispondrá de buses de acercamiento a
domicilio resguardando la seguridad para todos sus trabajadores.
24.- COMITÉ PARITARIO Y COMITÉ BI-PARTITO DE CAPACITACION
La empresa dentro 90 días de firmado el contrato colectivo, conformará
el comité paritario de higiene y seguridad de acuerdo a la legislación vigente.
Los representantes de los trabajadores serán elegidos por votación universal
ante un ministro de fe designado por la dirección del trabajo.
La empresa dentro 90 días de firmado el contrato colectivo,
conformará el comité bi-partito de capacitación según las normas SENCE. Los
representantes de los trabajadores serán elegidos por votación universal ante
un ministro de fe designado por la dirección del trabajo. Queda establecido que
al menos el 50% de los temas a capacitar, serán elegidos por los trabajadores a
través de sus representantes y que el tiempo empleado en capacitación se
considerará como trabajado.
25.-BONO DE TERMINO DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA
La empresa otorgara a cada trabajador participante en este proceso, un
bono por término de negociación colectiva.
Bono de Termino Negociación Colectiva
|
$500.000 (quinientos mil pesos
)
|
26.-SERVICIO DE BIENESTAR SOCIAL
Las partes convienen en estimular la existencia de un servicio de
Bienestar Social, organismo independiente de la Empresa y de los Sindicatos,
destinado fundamentalmente a atender las necesidades medicas de los
trabajadores y sus cargas familiares, y cuyo financiamiento proviene de un
aporte tanto de la empresa como de los trabajadores, el que deberá ser
constituido conforme a las normas legales que rigen esta clase de
organizaciones.
Los trabajadores que deseen pertenecer al Servicio de Bienestar Social
deberán aportar mensualmente el 0,5% (cero coma cinco por ciento) de sus sueldos base.
Para los trabajadores que se incorporen voluntariamente al Servicio de
Bienestar Social, la Empresa aportara mensualmente el 0,5% (cero coma cinco por
ciento) del sueldo base de cada trabajador afiliado.
27.-REAJUSTABILIDAD
Los sueldos base de los trabajadores , pactados en sus respectivos
contratos individuales de trabajo, y las asignaciones y demás beneficios en
dinero convenidos en el presente Contrato Colectivo, se reajustaran anualmente
durante la vigencia del presente instrumento, en un porcentaje igual al 100% de
la variación que experimente el Índice de Precio al Consumidor en los doce
meses inmediatamente anterior a cada reajuste, a contar de la fecha de vigencia
del presente Contrato Colectivo más un 2% .
En caso que la variación del Índice de Precio al
Consumidor (IPC) del periodo anual fuese
negativa, las partes convienen reajustar en un 2 % todos los valores expresados
en dinero.
28.-UBICACIÓN EN LUGARES
DE TRABAJO
La empresa designara como lugar de trabajo a los trabajadores
conductores e Inspectores en aquellos terminales más próximos a su respectivo
domicilio, facilitando con ello su desplazamiento en las primeras horas de la
mañana, de acuerdo a las necesidades de la
empresa.
Los trabajadores deberán elegir una comisión negociadora de no
menos de tres ni más de cinco integrantes, elegidos en votación secreta ante un
Inspector del Trabajo.
COMISIÓN NEGOCIADORA
Para integrar la comisión negociadora se requiere:
a) Ser miembro del grupo negociador y trabajador de la empresa
respectiva.
b) Mínimo tres y máximo cinco integrantes.
c) Electos en votación secreta ante inspector del trabajo
|
