miércoles, 12 de diciembre de 2012

PROYECTO DE CONTRATO COLECTIVO DEL GRUPO NEGOCIADOR DE TRABAJADORES DE BUSES VULE




En Santiago,…. De……………del 2012, entre la empresa Buses Vule S.A. RUT: 76.071.048-2 representada legalmente por el Señor Simón Abelardo Dosque San Martín RUT:5.800.674-2, ambos con domicilio en la comuna de Santiago, por una parte y por otra, la Comisión Negociadora del Grupo de trabajadores de la empresa de Buses Vule S.A. integradas por los Señores, …………………………..,RUT:………………………



                            

                                   DE LAS PARTES


El presente contrato colectivo de trabajo, tendrá aplicación entre la empresa individualizada en el primer párrafo, por una parte Por la otra, por cada una de  los integrante que se individualizan en la nomina adjunta, y que se entiende parte del presente contrato colectivo de trabajo.
Cada vez que en adelante se mencionen los términos “trabajador “trabajadores” o personal” se entenderá que se refiere a las personas individualizadas en la nomina adjunta. De igual forma. Cada vez  que se mencione el termino “empleador” o “Empresa” se entenderá que se refire a la Empresa ya individualizada.

Merito Ejecutivo: Las partes están de acuerdo en dejar constancia que el Contrato Colectivo, cumplidos los requisitos dispuestos por el Código del Trabajo, tendrá merito legal para todas las cláusulas sin perjuicios de las multas por incumplimiento.




1.- PRIMERO
      DE LAS REMUNERACIONES.

La empresa pagara a los trabajadores conductores afecto al presente contrato colectivo de trabajo un sueldo base mensual diferenciado, dependiendo de la extensión de la jornada ordinaria de trabajo que indique su propio contrato individual de trabajo.



Conductor Jornada
Completa contratado
45 horas semanales
Conductor Jornada Parcial
Contratado por hasta 30
Horas semanales

Monto sueldo base

        $ 480.000


        $320.000
En el caso de trabajadores administrativos y auxiliares. La empresa otorgara un reajuste inicial de un 20 %  en todos los valores expresados en dinero.
2.-   FECHA DE PAGO DE  REMUNERACIONES.

Las remuneraciones serán canceladas de acuerdo a lo que estipula el articulo 44 del código del trabajo.


3.-BONO DE INCENTIVOS COLECTIVOS.

a)   El Bono Diesel. El cual estará destinado a incentivar el concepto de Conducción Eficiente, que implica principalmente que el vehiculo a cargo del trabajador no sea sometido a virajes violentos y la aceleración y frenado de éste sean realizados mediante procesos graduales y suaves. La aplicación de estos conceptos respectos de los Buses que integran la flota de vehículos de Buses Vule S.A.,  permitirá al trabajador acceder al indicado Bono diesel. La empresa se compromete a transparentar el pago de este bono, publicando los documentos necesarios para establecer el consumo promedio de combustible.


Obtención y pago del Bono Diésel, Mediante el referido Bono la Empresa pagara al trabajador mensualmente, cada vez que el promedio del consumo de combustible (diésel) de toda las flotas de Buses Vule S.A. del mes en que se pague este Bono, informado por el departamento de operaciones de la empresa, cumpla los rangos porcentuales de desempeño que indica la tabla siguiente:




Consumo promedio
Diesel-kilómetro
Valor Bono pesos
Valor Bono pesos
Si el consumo de combustible promedio de buses de las flotas es igual o inferior a 2,13 kilómetros por litro de combustible.
El Bono del trabajador conductor de jornada completa será de $ 45.000
(cuarenta y cinco mil pesos)
El Bono del trabajador conductor de jornada parcial será de $ 30.000
(treinta mil  pesos)
Si el consumo de combustible promedio de buses de la flotas es superior a 2,13 kilómetros por litros de combustible pero inferior 2,23 kilómetros por litro de combustible.
El Bono del trabajador conductor de jornada completa será de $ 36.000
(treinta y seis mil pesos)
El Bono del trabajador de jornada parcial será de $ 24.000 (veinte y cuatro mil  pesos)
Si el consumo de combustible promedio de buses de las flotas es igual o superior a 2,23 kilómetros  por litro de combustible,
El Bono del trabajador conductor de jornada completa será de $ 24.000
(veinticuatro mil  pesos)
El Bono del trabajador conductor de jornada parcial será de $ 16.000
(diez y seis mil pesos)


B) Un Bono Validaciones, mediante el cual la empresa estimulara entre sus trabajadores, conductores, un mejoramiento en la calidad del servicio entregado a nuestros usuarios. En efecto, la empresa incentivara a sus trabajadores a obtener este bono al estimularlo a respetar las directrices que la empresa le entregue, particularmente en lo relativo al cumplimiento estricto del programa de operaciones convenidas con la coordinadora del Transantiago, al cumplimiento de las frecuencias asignadas al detenerse y tomar pasajeros en los paraderos autorizados, al desempeño de su jornada de trabajo conforme a la programación proporcionada por la empresa, a respetar las leyes de transito, etc. La premisa de este bono es que existiendo un mejoramiento de la calidad de nuestros servicios de transporte, dable es suponer que aumentaran las personas que desearán viajar en los buses de la empresa.


Obtención y pago del Bono Validaciones. Este bono se pagará al trabajador mensualmente, si las validaciones (o pasajeros transportados que pagan por su pasaje, utilizando al efecto una tarjeta Bip), considerando la totalidad de servicios o recorridos que presta la empresa, se encuentran dentro de los siguientes tres rasgos que para efecto de este pago las partes han denominado rango máximo, rango medio y rango mínimo. La empresa estará obligada a publicar los documentos entregados `por las autoridades competentes a fin de transparentar y promediar el pago de este bono.





Validaciones mensuales
Valor Bono pesos
Valor Bono pesos
Si durante un mes predeterminado las validaciones mensuales de la totalidad de la flota de buses de la empresa se encuentran en rango de la tabla máximo
El bono del trabajador de jornada completa será de
$45.000
(cuarenta y cinco mil pesos)
El bono del trabajador de jornada parcial será de
$30.000
(treinta mil  pesos)
Si durante un mes predeterminado las validaciones mensuales de la totalidad de la flota de buses de la empresa se encuentran en rango de la tabla medio
El bono del trabajador de jornada completa será de
$36.000
(treinta y seis mil pesos)
El bono del trabajador de jornada parcial será de
$24.000
(veinticuatro mil  pesos)
Si durante un mes predeterminado las validaciones mensuales de la totalidad de la flota de buses de la empresa se encuentran en rango de la tabla mínimo
El bono del trabajador de jornada completa será de
$24.000
(veinticuatro  mil pesos)
El bono del trabajador de jornada parcial será de
$16.000
(dieciséis  mil pesos)



C) Un Bono denominado operacional o Bono ICPKH, el cual se vincula con la mediación quincenal que el ministerio de transporte realiza respecto del grado de cumplimiento que Buses Vule S.A. ha obtenido respecto del índice de cumplimiento de plazas kilómetros horas, (ICPKH), instrumento de mediación creado y supervisado por el propio ministerio de transporte y que la empresa está obligada a publicar, referido a una serie de obligaciones operacionales derivadas de la presentación de sus distintos servicios o recorridos de la empresa

Obtención y pago del Bono operacional. La empresa pagará al trabajador mensualmente, cada vez que el promedio del Índice de cumplimiento de plazas kilómetros horas, (ICPKH) del mes en que se paga este bono, que sea informado por el ministerio de transporte y telecomunicaciones a través de la subsecretaria de transporte, respecto de las operaciones de Buses Vules S.A. cumplan los rangos porcentuales de desempeño que se indican en la tabla Siguiente:





Valor ICPKH
Valor bono pesos
Valor bono pesos
Si el porcentaje de cumplimiento ICPKH es igual o superior al 99,00%
El bono del trabajador de jornada completa será de
$ 45.000
(treinta y cinco mil pesos)
El bono del trabajador de jornada parcial será de
$30.000
(treinta mil  pesos)
Si el porcentaje de cumplimiento ICPKH es l igual o superior al 98,00% pero inferior a 99,00%
El bono del trabajador de jornada completa será de
$36.000
(treinta y seis mil pesos)
El bono del trabajador de jornada parcial será de
$ 24.000
(veinticuatro mil  pesos)
Si el porcentaje de cumplimiento ICPKH es  igual o menor al 98,00%
El bono del trabajador de jornada completa será de
$24.000
(veinticuatro  mil pesos)
El bono del trabajador de jornada parcial será de
$16.000
(dieciséis mil pesos)



4.-GRATIFICACIÓN GARANTIZADA.

La empresa pagara mensualmente al trabajador, un doceavo de 4,75 ingreso mínimo mensuales, como gratificación legal, de conformidad a lo dispuesto en el articulo 50 del código del trabajo.

5.-BONO DE COLACIÓN.

La empresa pagara a todos los trabajadores afectos a este contrato colectivo, un bono mensual de colación de



Conductor Jornada
Completa contratado por 45 horas Semanales
Conductor Jornada
Parcial contratado por 30 horas Semanales
Monto Colación
$ 75.000
$55.000
                                       

6. BONO DE MOVILIZACION.

La empresa pagara a todos los trabajadores afectos a este contrato colectivo, un bono mensual de movilización.


Conductores Jornada Completa contratados por 45 horas semanales
Conductores Jornada Parcial contratados pos hasta 30 horas semanales
Monto de Locomoción
     $75.000
       $55.000

7.-BONO DE FIESTAS PATRIAS

La Empresa pagara a los trabajadores, una vez al año, un Aguinaldo de Fiestas Patrias que se pagara el 15 de Septiembre de cada año. Adicionalmente la Empresa proporcionara un aporte económico, de acuerdo a la siguiente tabla:


    Aguinaldo de Fiestas Patrias.
              Aporte Económico
 $48.000 (cuarenta y ocho mil pesos)
$4.500      ( cuatro mil quinientos pesos )


8.-BONO DE NAVIDAD

La Empresa pagara a los trabajadores, una vez al año, un Aguinaldo de Navidad que se pagara en el mes de Diciembre de acuerdo a la siguiente tabla:


          Aginado de Navidad
              Aporte Económico
$48.000 (cuarenta y ocho mil pesos)
$4.500      (cuatro mil quinientos pesos )




9.-PASEO ANUAL

A efectos que los trabajadores de la empresa y sus familiares inmediatos gocen de un dia de esparcimiento familiar, la empresa efectuara un aporte económico anual por cada trabajador.

                Paseo Anual
$15.000       ( quince mil pesos )             


10.-APORTE  ECONOMICO Y PASEO ANUAL


El Grupo de Trabajadores deberá rendir cuenta de los valores aportados por la empresa mediante una detallada rendición que deberá ser entregada a la Gerencia de Personas y publicada en lugares visibles para conocimiento de los trabajadores.

11.-CAJA DE NAVIDAD

Con ocasión de la celebración de navidad en el mes de diciembre de cada año la Empresa entregara una caja con especies o un vale equivalente por cada trabajador.

Caja de navidad o vale equivalente
$ 30.000     ( treinta mil pesos )


12.-BONO DE VACACIONES

La Empresa pagara un bono anual de vacaciones a los trabajadores, al hacer uso de su feriado legal anual, o en el anticipo  del mes de Marzo a quienes hasta esa fecha no  hubieren hecho uso de este derecho.

            Bono de vacaciones
$150.000      (ciento cincuenta mil pesos)

13.-BONO DE ESCOLARIDAD
La empresa cancelará a cada trabajador en el mes de Marzo o Abril, por  hijo o carga que estudie, previa  entrega de  la documentación acreditada, según el siguiente desglose:
Enseñanza básica                       $ 25.000
Enseñanza media                           50.000
Enseñanza superior                       75.000








14.-BONO POR FALLECIMIENTO

En caso de fallecimiento del cónyuge o un hijo (a) del trabajador, la empresa pagara al trabajador una asignación única y especial ascendente previa presentación del certificado de Defunción.

      Bono por Fallecimiento
$180.000     (ciento ochenta mil pesos)


En caso de fallecimiento del trabajador, la empresa pagara este bono   a su cónyuge o en orden de sucesión   como impone el art. 60 del código del trabajo.


15.-SEGURO DE VIDA

La empresa contratara a su costo un seguro de vida a favor de los trabajadores  que les otorgara cobertura, en las siguientes condiciones:

Muerte Natural, Accidental o Acto Delictual

              UF600
Incapacidad Total y Permanente
              UF600
Desmembramiento
              UF600


16.-PERMISOS ESPECIALES POR FALLECIMIENTO

La empresa otorgara a los trabajadores un permiso de dos días con goce de remuneración  en el caso de fallecimiento de algún pariente directo que no estén enunciados en el art. 66 del código del trabajo.

17.-ROPA DE TRABAJO

.Invierno        : 2 pantalones; 2 camisas manga larga; 1 parka y un chaleco manga larga; 1 par de zapatos; un pantalón térmico.                
.Verano           :2 pantalones; 2 poleras;  1 corta viento; 1 par de zapatos.

De acuerdo a las bases de licitación. La empresa proporcionará los elementos de seguridad como lentes y bloqueadores solares.

18.-BONO POR NATALIDAD

En caso de nacimiento de un hijo, la empresa pagara una asignación, previa presentación del certificado de nacimiento otorgado por el Servicio de Registro Civil e Identificación.

           Bono de Natalidad
  $ 60.000   (sesenta mil pesos )


19.-BONO NOCTURNO

La empresa cancelara a todos los trabajadores un bono nocturno, por cada dia efectivamente trabajado, el que será cancelado junto con su remuneración mensual.
Este bono se cancelara desde las 21:00 horas a 06:00 horas.

                Bono Nocturno
$ 3.000   (tres mil pesos)


20.-BONO DE MATRIMONIO

La empresa cancelara un bono por concepto de matrimonio, mas 5 días hábiles con goce de sueldo, sin perder ningún beneficio, estos días serán tomados como efectivamente trabajados para todos los efectos legales.

         Bono de Matrimonio
  $ 100.000   (cien mil pesos)


21.-ANTICIPO DE REMUNERACIONES

La empresa pagara un anticipo los días 15 de cada mes, del 50% del sueldo fijo de cada trabajador, y liquidara las remuneraciones mensuales de todos ellos, el último dia hábil de cada mes.


22.-IDEMNIZACION POR TERMINO DE CONTRATO.
     1.- Retiro voluntario. La empresa pagara a todos los                     trabajadores que en forma voluntaria den término al contrato individual de trabajo con 20 días por año trabajado, en el caso del trabajador jubilado se pagara 30 días por año trabajado.
     2.- Retiro por necesidades de la empresa. En caso que el término de contrato sea por necesidades de la empresa la indemnización será de 40 días por año trabajado



23.-LOCOMOCION DE ACERCAMIENTO Y A DOMICILIO

Para cumplir con el primer derecho fundamental (preservar la vida e integridad física), enunciado en la constitución de la republica. La empresa dispondrá de buses de acercamiento  a domicilio resguardando la seguridad para todos sus trabajadores.


24.- COMITÉ PARITARIO Y COMITÉ BI-PARTITO DE CAPACITACION

La empresa  dentro  90 días de firmado el contrato colectivo, conformará el comité paritario de higiene y seguridad de acuerdo a la legislación vigente. Los representantes de los trabajadores serán elegidos por votación universal ante  un ministro de fe designado  por la dirección del trabajo.
La empresa  dentro  90 días de firmado el contrato colectivo, conformará  el comité bi-partito  de capacitación según las normas SENCE. Los representantes de los trabajadores serán elegidos por votación universal ante un ministro de fe designado por la dirección del trabajo. Queda establecido que al menos el 50% de los temas a capacitar, serán elegidos por los trabajadores a través de sus representantes y que el tiempo empleado en capacitación se considerará como trabajado.

25.-BONO DE TERMINO DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA

La empresa otorgara a cada trabajador participante en este proceso, un bono por término de negociación colectiva.

Bono de Termino Negociación Colectiva
$500.000 (quinientos mil pesos  )                


26.-SERVICIO DE BIENESTAR SOCIAL

Las partes convienen en estimular la existencia de un servicio de Bienestar Social, organismo independiente de la Empresa y de los Sindicatos, destinado fundamentalmente a atender las necesidades medicas de los trabajadores y sus cargas familiares, y cuyo financiamiento proviene de un aporte tanto de la empresa como de los trabajadores, el que deberá ser constituido conforme a las normas legales que rigen esta clase de organizaciones.

Los trabajadores que deseen pertenecer al Servicio de Bienestar Social deberán aportar mensualmente el 0,5% (cero coma cinco por ciento)  de sus sueldos base.

Para los trabajadores que se incorporen voluntariamente al Servicio de Bienestar Social, la Empresa aportara mensualmente el 0,5% (cero coma cinco por ciento) del sueldo base de cada trabajador afiliado.


27.-REAJUSTABILIDAD

Los sueldos base de los trabajadores , pactados en sus respectivos contratos individuales de trabajo, y las asignaciones y demás beneficios en dinero convenidos en el presente Contrato Colectivo, se reajustaran anualmente durante la vigencia del presente instrumento, en un porcentaje igual al 100% de la variación que experimente el Índice de Precio al Consumidor en los doce meses inmediatamente anterior a cada reajuste, a contar de la fecha de vigencia del presente Contrato Colectivo más un 2% .
En  caso que la variación del Índice de Precio al Consumidor (IPC)  del periodo anual fuese negativa, las partes convienen reajustar en un 2 % todos los valores expresados en dinero.


28.-UBICACIÓN EN LUGARES DE TRABAJO

La empresa designara como lugar de trabajo a los trabajadores conductores e Inspectores en aquellos terminales más próximos a su respectivo domicilio, facilitando con ello su desplazamiento en las primeras horas de la mañana, de acuerdo a las necesidades de la  empresa.




Los trabajadores deberán elegir una comisión negociadora de no menos de tres ni más de cinco integrantes, elegidos en votación secreta ante un Inspector del Trabajo.





COMISIÓN NEGOCIADORA
Para integrar la comisión negociadora se requiere:
a) Ser miembro del grupo negociador y trabajador de la empresa respectiva.
b) Mínimo tres y máximo cinco integrantes.
c) Electos en votación secreta ante inspector del trabajo







ATENTAMENTE, GRUPO NEGOCIADOR DE BUSES VULE S.A.

No hay comentarios:

Publicar un comentario